Incumplimiento de los juzgados de familia del distrito judicial de Cajamarca con supervisar la ejecución oportuna de las medidas de protección otorgadas en los procesos de violencia familiar en los años 2019 y 2020
Date
2021-08-30Author(s)
Celis Cuzco, Roxana
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La presente investigación titulada “INCUMPLIMIENTO DE LOS JUZGADOS DE FAMILIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CAJAMARCA CON SUPERVISAR LA EJECUCIÓN OPORTUNA DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN OTORGADAS EN LOS PROCESOS DE VIOLENCIA FAMILIAR EN LOS AÑOS 2019 Y 2020”, tuvo por finalidad determinar sí los juzgados de familia del Distrito judicial de Cajamarca cumplen o no con supervisar la ejecución oportuna de las medidas de protección otorgadas en los 170 procesos judiciales (muestra) de violencia familiar correspondientes a los año 2019 y 2020, ello en atención a lo establecido en la Ley N° 30364 – Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, y su Reglamento D.S. 004-2020-MIMP, artículo N° 23-C y artículo N° 38 respectivamente: INFORME DE CUMPLIMIENTO DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN.- “La Policía Nacional del Perú u otras entidades encargadas de ejecutar la medida de protección remiten al juzgado de familia un informe sobre la ejecución de la medida, dentro de los quince (15) días contados desde la fecha en que fue notificada, con las recomendaciones que consideren pertinentes. En casos de riesgo severo, dicho informe debe ser remitido dentro de los cinco (5) días contados desde la fecha en que fue notificada la medida de protección. Adicionalmente, cada seis (6) meses, en los casos de riesgo leve o moderado, y cada tres (3) meses, en los casos de riego severo, contados desde que fue notificada la medida de protección, las entidades encargadas de ejecutar la medida de protección remiten al juzgado de familia un informe sobre el cumplimiento de dicha medida y sobre la situación de riesgo de la víctima, con las recomendaciones que consideren pertinentes.
El juzgado de familia que no reciba los citados informes en los plazos señalados, comunica esta situación al titular de la entidad respectiva, a fin de que se determinen las responsabilidades que correspondan (…) “.
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The present investigation entitled "FAILURE OF THE FAMILY COURTS OF THE JUDICIAL DISTRICT OF CAJAMARCA WITH SUPERVISING THE TIMELY EXECUTION OF THE PROTECTION MEASURES GRANTED IN THE FAMILY VIOLENCE PROCESSES IN THE YEARS 2019 AND 2020", had the purpose of determining whether the family courts of the Cajamarca judicial district comply or not with supervising the timely execution of the protection measures granted in the 170 judicial processes (sample) of family violence corresponding to the years 2019 and 2020, in accordance with the provisions of Law No. 30364 - Law to prevent, punish and eradicate violence against women and members of the family group, and its DS Regulation 004-2020-MIMP, article N ° 23-C and article N ° 38 respectively: COMPLIANCE REPORT OF THE PROTECTION MEASURE.- “The National Police of Peru or other entities in charge of executing the protection measure refer to the family court a report on the execution of the measure, within fifteen (15) days from the date it was notified, with the recommendations they deem pertinent. In cases of severe risk, said report must be sent within five (5) days from the date the protection measure was notified. Additionally, every six (6) months, in cases of mild or moderate risk, and every three (3) months, in cases of severe risk, counted since the protection measure was notified, the entities in charge of executing the measure protection authorities send to the family court a report on compliance with said measure and on the victim's risk situation, with the recommendations they deem pertinent.
The family court that does not receive the aforementioned reports within the indicated deadlines, communicates this situation to the head of the respective entity, in order to determine the corresponding responsibilities (…)”.
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Bibliographic citation
Celis, R. (2021). Incumplimiento de los juzgados de familia del distrito judicial de Cajamarca con supervisar la ejecución oportuna de las medidas de protección otorgadas en los procesos de violencia familiar en los años 2019 y 2020 [Tesis de licenciatura, Universidad Privada del Norte]. Repositorio de la Universidad Privada del Norte. https://hdl.handle.net/11537/28661
Subject
Collections
- Tesis [940]
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