Interpretación sistemática en el proceso de alcoholemia de acuerdo con el Código Penal y R.N.T en relación con el debido procedimiento del intervenido
Resumen
La presente investigación ha sido trabajada teniendo en cuenta la vulneración
de los derechos del intervenido como del efectivo de la Policía Nacional de Tránsito
por las leyes y reglamentos que se rigen en el momento de la intervención de una
persona en estado de ebriedad (peligro común). En Perú la conducción en estado de
ebriedad (Delito de Peligro Común) es muy frecuente su comisión, puesto que a año a
año se va incrementando. Además se encuentra tipificado en nuestro Código penal en
el Titulo XII Delitos contra la Seguridad Publica, Capítulo I,: “El que encontrándose
en estado de ebriedad, con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de
0.5 gramos-litro, o bajo el efecto de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias
psicotrópicas o sintéticas, conduce, opera o maniobra vehículo motorizado, será
reprimido con pena privativa de la libertad no menor de seis meses ni mayor de dos
años o con prestación de servicios comunitarios de cincuenta y dos a ciento cuatro
jornadas e inhabilitación…”. Donde se afecta la tranquilidad y normal desenvolvimiento de la sociedad, esto ha ido evolucionando cada año más, debido a los constantes accidentes que ocasionados por personas que circulan en sus vehículos después de haber libado licor y ocasionan accidentes de tránsito que ponen en juego la vida de los pasajeros y peatones. (Poder Ejecutivo, 1993)
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Cita bibliográfica
Collazos, R. (2018). Interpretación sistemática en el proceso de alcoholemia de acuerdo con el Código Penal y R.N.T en relación con el debido procedimiento del intervenido (Trabajo de investigación). Repositorio de la Universidad Privada del Norte. Recuperado de http://hdl.handle.net/11537/15038