RESUMEN
Artículo 1° Ámbito de la Aplicación de la Ley. La presente Ley norma y regula el ejercicio profesional del tecnólogo médico colegiado en todas las dependencias del Sector Público nacional, incluyendo a la policía nacional del Perú y a las Fuerzas Armadas, en el sector privado en lo que no sea contrario o incompatible con el régimen laboral de la actividad privada.
Perú. Congreso de la República (2005). Ley N°28456 Ley del trabajo del profesional de la salud tecnológico médico. Editora Perú. https://hdl.handle.net/11537/27987